|
| Seguros Complementarios / Aportaciones Extraordinarias |
 |
Aportaciones Extraordinarias
La Mutualidad posibilita la realización de Aportaciones Extraordinarias, tanto para los Mutualistas de Capitalización Colectiva como los de la Capitalización Individual, a fin de obtener una mejora en la prestación de su pensión y una atractiva deducción fiscal, dado que pueden ser íntegramente deducibles, según la cuota aportada en la Mutualidad.
La realización de las mismas está sujeta a unos límites establecidos en el Reglamento de Aportaciones Extraordinarias, aplicándolas un interés anual del 1,50%, siendo susceptible, previo cierre de ejercicio, de participación en beneficios.
| FORMULARIO DE SOLICITUD |
 |
REGLAMENTO DE LAS APORTACIONES EXTRAORDINARIAS
|
|
|